Así establecieron en un convenio suscrito ESTE MARTES la CNEL y el Cuerpo de Bomberos.
El artículo 60 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica se establece que en la factura correspondiente al consumo del servicio de energía eléctrica se incluya única y exclusivamente, los rubros correspondientes a los servicios que presta la empresa eléctrica.
Mientras que la Ley de Defensa contra incendios determina que el tributo previsto podrá ser cobrado por las empresas previo convenio.