El Departamento de Protección y Defensa del Consumidor (DPDC) multó a la compañía por violar los derechos a la información, a la protección contra la publicidad engañosa, a la privacidad y a la intimidad de los clientes, tras constatar que los datos de navegación de los clientes eran comercializados, informó el Ministerio de Justicia en un comunicado.
La sanción fue impuesta tras la conclusión de la investigación abierta por este organismo para establecer el objetivo de un acuerdo entre Oi y la compañía británica Phorm para compartir información sobre clientes.
El acuerdo de cooperación entre ambas empresas preveía el desarrollo de un software llamado "Navegador", que registra el tráfico de datos del consumidor en internet y compone un perfil de los internautas que usan el servicio de banda ancha de la telefónica, para obtener beneficios económicos con su venta.
"La empresa, con el pretexto de mejorar la experiencia de navegación, omitió al consumidor informaciones esenciales sobre el servicio y sus implicaciones para la privacidad y la seguridad de los datos personales", aseguró Amaury Oliva, director de la DPDC, citado en un comunicado divulgado por el Ministerio de Justicia.
"En ningún momento el consumidor fue informado de que su navegación sería vigilada por la empresa y que su perfil sería comercializado con empresas de publicidad", agregó.