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COIP
Hasta 12 años de pena por infracciones de tránsito

En el capítulo octavo del Libro I del nuevo Código Penal, se refiera a las infracciones en tránsito en casos particulares como del transporte público. Las penas que se tipifican son más duras.

Sábado 21 Diciembre 2013 | 04:00

Para los delitos culposos serán sancionados con prisión de 10 a 12 años y la revocatoria definitiva de la licencia la persona que conduzca en estado de embriaguez o bajo los efectos de una droga y ocasione un accidente donde haya muertos. 
En el caso del transporte público, además de esa sanción, el propietario del vehículo y la operadora de transporte serán los responsables por los daños civiles.
Mientras que la pena disminuye de uno a tres años y suspensión de la licencia por seis meses, para quien ocasione un accidente por muertes por exceso de velocidad, llantas lisas y desgastadas, conducir más allá de las horas permitidas o malas condiciones físicas del conductor y mecánicas del vehículo.
Daños materiales. Cuando el accidente cause daños materiales y el costo de reparación esté entre dos a seis salarios básicos unificados, el conductor será sancionado con una multa equivalente a dos salarios básicos y reducción de dos puntos a la licencia.
Mientras que en el transporte público, el exceso de pasajeros traerá prisión de seis meses a un año y la suspensión de la licencia por el mismo plazo.
Opinión. Jimmy Calle, presidente de la Asociación de Taxistas de Manabí, dijo que a nivel nacional ya los transportistas se reunieron para analizar la ley y las infracciones que se aplican. 
A su criterio,   justifica la razón de que las penas sean fuertes ya que en ese sentido las leyes de tránsito muchas veces no son respetadas.
‘‘Hay que estar conscientes de que siempre ha pasado que las personas se toman uno o dos tragos, pero terminan ocasionado que se pierda una vida humana y eso ya no debe ser así’’, dijo.
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