Actualizado hace: 930 días 3 horas 33 minutos
Asamblea Nacional
Aprueban beneficios a excombatientes de conflictos armados
Los excombatientes acudieron a la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional, con 97 votos, aprobó el proyecto de reformas a la Ley de Reconocimiento a los Héroes y Heroínas Nacionales con lo cual se beneficiará a los excombatientes de conflictos armados, considerando su evidente predisposición al sacrificio, al acudir al frente de guerra, sin consideraciones de índole familiar o del riesgo que corrían sus vidas o integridad persona.

Martes 07 Agosto 2012 | 20:14

De esta manera, se reforma la disposición final primera y se determina que todos los excombatientes efectivos en servicio pasivo, que hayan enfrentado un conflicto armado, previa la certificación del Ministerio de Defensa Nacional, recibirán los siguientes beneficios: El Estado asignará cupos anuales para becas de estudio completas a los excombatientes y a sus hijas e hijos menores de edad y mayores de edad con discapacidad total o parcial permanente que en su calidad de estudiantes, y por su origen socioeconómico, etnia, género, discapacidad o lugar de residencia, entre otros, encuentren dificultades para ingresar, mantener y finalizar su formación educativa, integral, hasta el tercer nivel.
Además, en caso de que el excombatiente se presente a un concurso público de méritos y oposición se le otorgará un puntaje inicial equivalente al 5% del total del puntaje considerado; el desarrollo de programas y proyectos de formación y capacitación para la inserción en el sistema laboral formal; la atención gratuita y preferente en los hospitales de las Fuerzas Armadas y del sistema de salud pública; tratamiento preferente en la obtención de créditos en las instituciones del sistema financiero público.
Igualmente, la exoneración del 50% en la entrada a actos públicos, en servicios básicos, en la utilización de transporte terrestre, aéreo y marítimo; la inclusión preferente en emprendimientos impulsados por el Estado, especialmente en el sector de la economía popular y solidaria.
Los excombatientes utilizarán las insignias y distintivos propios de su condición, tanto en los uniformes, mientras se encuentren en servicio activo, como en su traje de civil, cuando se encuentre en servicio pasivo; quienes reciban remuneración o pensión del Estado, recibirán una bonificación mensual equivalente a un 0.5 de una remuneración básica unificada; los no remunerados, ni pensionados, que se encuentran en situación de vulnerabilidad, recibirán una remuneración básica unificada mensual.
Adicionalmente, se otorga estos derechos a aquellas personas que resultaren con lesiones físicas o sicológicas de carácter total o parcial permanente, como consecuencia del levantamiento de campos minados o por manipulación de artefactos explosivos en cumplimiento de misiones de seguridad ciudadana; así como a las hijas/os menores de edad y mayores de edad con discapacidad total o parcial permanente, de quienes perdieron la vida en esta labor.

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