El cuerpo legal establece nuevas normas para el proceso electoral entre las que se destacan que los medios deberán abstenerse de hacer promoción directa o indirecta a través de reportajes o mensajes que puedan inducir a favor o en contra de un candidato.
Además, señala que 48 horas antes del proceso eleccionario no se podrá difundir publicidad electoral, opiniones o imágenes que induzcan a los electores.
También prohíbe la propaganda o publicidad de instituciones del Estado, pero es autorizada cuando sea información de programas o proyectos en ejecución, situaciones de emergencia, temas de importancia como vacunación o salud pública.
En el documento, se modifica la fórmula mediante la cual se distribuirán los puestos en la Asamblea Nacional, que –según la oposición- el movimiento oficialista será el único beneficiado pues obtendrá más curules.
Las reformas entran en vigencia por el Ministerio de la Ley, luego que en la Asamblea Legislativa no hubo los votos para negarlas o allanarse al veto realizado por el Ejecutivo.
Al Consejo Nacional Electoral (CNE) le corresponderá elaborar el reglamento de la Ley Electoral (Código de la Democracia).
El pasado 10 de enero, el primer mandatario, Rafael Correa, precisó que la disposición también contempla a los medios públicos y bajo el manejo del Estado.
Además, afirmó que a la primera persona que limita la norma es él, porque en el período electoral no podrá realizar su enlace radiotelevisado sabatino.
En ese sentido, desmintió que la medida prohíba las entrevistas, como lo han advertido algunos medios de comunicación.
La norma entrará en vigencia pese a las acciones legales emprendidas por organizaciones no gubernamentales, gremios periodísticos y políticos de oposición, que la califican como una seria restricción de la libertad de expresión.