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La gestión administrativa
La gestión administrativa
Por: Solón Pinoargote Sánchez

Jueves 01 Diciembre 2011 | 00:00

No podemos vivir de espaldas al mundo en esta época de realizaciones en la que el actual gobierno del presidente Correa, con mucho acierto, se encuentra empeñado en cambiar la actitud del servidor público en sus diferentes comportamientos, sobre todo de aquel que por muchos años se acostumbró a percibir una remuneración para sobrevivir sin importarle en lo más mínimo la superación; ni si del ejercicio de su función dependía, o depende, el bienestar de todo un conglomerado. La idea actual es la de siempre tener prendida la antorcha del desarrollo, para que la administración pública camine a la par del avance científico y tecnológico que hoy por hoy ofrece el mundo actual globalizado.


Todo ente institucional tiene a su principal, que es sobre quien recae la responsabilidad administrativa de la misma; por ello es necesario que quien ejerza tan delicada función debe construirse en un líder, o cuando menos poseer ciertas cualidades de liderazgo que le permita desarrollar su plan de trabajo, y tener excelentes relaciones laborales con el administrado, toda vez que los actos administrativos requieren de una gestión eficaz, diligente y oportuna, poniendo el mayor cuidado en el procesamiento y destino de la cosa pública, tanto por la responsabilidad personal, el servidor, cuanto por el principio mismo de legalidad que este conlleva.
La gestión administrativa requiere de ciertos parámetros de exigencia legal ineludible que su titular debe saber, o cuando menos tener una buena asesoría jurídica que lo instruya puesto que, si la administración pública, es parte del Derecho Administrativo, debemos estar conscientes que nuestra tarea tiene siempre que estar orientada en lo que básicamente es el Derecho Público, constituyéndose así por la evolución que día a día va adquiriendo el Estado moderno, tanto más que en materia de procedimiento administrativo debemos entenderlo como el conjunto de actos y diligencias procesados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo, el mismo que producirá efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados de acuerdo a la definición de acto administrativo que señala el Estatuto Jurídico y en su momento la Ley de la materia.
El Jefe de la oficina debe asumir el rol de Pater Family, es decir que como todo padre de familia, ver, observar y dirigir a sus subalternos. Debe constituirse en todo, en algo así  como buen samaritano, ocupándose de su bienestar empezando por gestionarle una buena remuneración, brindarle buen trato dentro y fuera de su ambiente ocupacional y sobre todo el respeto y las consideraciones que mutuamente deben guardarse; solamente así puede garantizarse el éxito de la oficina y por ende institucional. Lo contrario, es remar contra corriente y por supuesto es lo que nadie quisiera que ocurra.<   

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