Actualizado hace: 931 días 18 horas 31 minutos
MANTA
PROHIBICIÓN DE PORTAR ARMAS SIGUE VIGENTE

El fiscal Alfonso Vélez, uno de los que investigan el delito de tenencia y portar armas de fuego sin permiso dijo que el decreto ejecutivo que prohíbe a una persona portar consigo armas no ha sido modificado y mantiene esa disposición.

Miércoles 09 Febrero 2011 | 00:00


“Los permisos para portar armas de fuego no se los está entregando en Manabí; sólo en Quito y Guayaquil por medio de la Unidad Técnica de Control de Armas de la Policía Nacional”, señaló.
Recordó que quien posea sin el permiso necesario y porte armas de uso militar o policial y de cualquier otro tipo similar, serán sancionados con prisión de uno a cinco años.
La actuación dolosa reiterada de este tipo de conducta será sancionada con una pena de reclusión de tres a seis años.
Los policías y militares son los únicos autorizados a portar armas y de hecho cada uno debe tiene un permiso individual y si no labora debe dejar el arma en bodega
El funcionario dijo que la mayoría de los casos de tenencia ilegal de armas se juzga aplicando el artículo 162 de Código Penal.
Este artículo sanciona este delito con prisión de 1 a 5 años y una multa de 9 a 40 dólares.
Incluso e es suceptible de fianza. En la Ley de Armas, artículo 31, el mismo delito es castigado con reclusión menor de 3 a 6 años con multa de mil a tres mil dólares.
Vélez añadió  que los jueces prefieren aplicar el Código Penal porque es una de las garantías de la Constitución, que señala que la pena será la que más convenga al reo. <

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