Actualizado hace: 937 días 9 horas 13 minutos
La modalidad de los contratos de personal
La modalidad de los contratos de personal
Por: EDITORIAL EL DIARIO

Viernes 14 Enero 2011 | 00:00

El gobierno ha dispuesto que para llenar las vacantes que se presenten por cambios o creación en las diferentes entidades públicas, primero debe procederse a la contratación del personal antes de la expedición del nombramiento definitivo, de acuerdo a lo que señale la ley.

Al parecer, uno de los objetivos es probar la capacidad y eficiencia del empleado en el desarrollo de la función a desempeñar, lo que es adecuado en razón a la seguridad que debe tener el gobierno para lograr calidad y no llenarse empleados ineficientes que inflan la burocracia oficial.
Sin embargo, esta intención se desdibuja cuando a través de la misma se ejerce un mando extremo sobre el contratado, con intenciones alejadas de las objetivos de la institución o por conveniencias personales de los jefes, con presión sobre los subalternos, quienes por temor a su inestabilidad en el puesto y por conveniencia a la renovación al mismo, se convierten en sumisos servidores de la autoridad contratante.
Casos varios han sido conocidos, inclusive en la docencia, en la que los rectores estarían valiéndose de esta modalidad de trabajo para formar grupos cerrados a sus decisiones, entre ellas la conformación de los consejos directivos. Fácil, profesor contratado que no vote por los candidatos que señale el superior, puede darse como descartado para un próximo período.
Aquello lamentablemente no es fácil de comprobar por las especiales circunstancias en las que se desarrollan las actividades, pues el miedo al despido impide que alguien que se sienta acosado lo diga en forma libre y espontánea, a no ser que su personalidad lo exija.
Apoyamos las tácticas que faciliten el mejoramiento profesional de los servidores públicos, pero estamos contra todo intento de violación a los derechos y al respeto a la dignidad de las personas. Más aun, motivamos a que sea denunciado. <

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