Actualizado hace: 936 días 16 horas 36 minutos
EJECUTIVO ENVIÓ REFORMAS AL CÓDIGO DE LA NIÑEZ
Terceros no asumirían pensiones alimenticias

El Ejecutivo envió a la Asamblea un proyecto de Ley Reformatoria al Código de la Niñez, por el cual propone que en ningún caso se disponga la detención en contra de los abuelos, tíos y hermanos, por falta de pago de las pensiones alimenticias por parte de los padres.

Martes 11 Enero 2011 | 00:00



La mencionada reforma establece que “en ningún caso se dispondrá el apremio personal en contra de los obligados subsidiarios por falta de pago de las pensiones alimenticias por parte de los obligados principales”. En el documento también se determina que para asegurar el pago de la pensión de alimentos, el juez o la jueza podrán decretar cualquiera de los apremios reales previstos en el Código de Procedimiento Civil, contra los titulares principales de la obligación alimentaria.
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 BIENES. Ante la posible incautación de bienes, la propuesta indica que los bienes muebles y enseres secuestrados, así como los vehículos aprehendidos, serán rematados en 30 días, contados a partir de la fecha del secuestro o aprehensión, siempre y cuando su propietario no haya pagado los valores que se encuentren en mora. Los fondos retenidos de los titulares principales de la obligación alimentaria serán entregados hasta por el valor de la obligación, al accionante, en forma inmediata una vez ejecutada la medida cautelar. <
 

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