Actualizado hace: 930 días 7 horas
IESS
Beneplácito en afiliados por créditos hipotecarios
La aprobación legislativa contribuye en parte a solucionar el déficit habitacional en el Ecuador, que el Gobierno trata de paliar con planes de viviendas

Medios nacionales resaltaron ayer la satisfacción en los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), una vez que el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social, que devuelve a esta institución la capacidad de entregar créditos hipotecarios.

Miércoles 06 Diciembre 2006 | 19:53

Según las expresiones de los encuestados en televisoras y radios, este hecho ha sido la mejor noticia recibida en el mes de la Navidad, siendo un beneficio que los afiliados tengan la posibilidad de adquirir, construir o remodelar una vivienda, mediante estos créditos con una buena tasa de interés y un plazo de entre 15 y 25 años. De acuerdo a la resolución legislativa, la cual el presidente Alfredo Palacio tiene diez días de plazo para aprobar o vetarla, el IESS, directamente o a través de fideicomisos, podrá conceder préstamos hipotecarios en condiciones financieras favorables para sus más de 1’200 mil afiliados y jubilados, por el monto que fije el Consejo Directivo. Esto, al establecer las políticas de inversión, sobre la base de los estudios que para el efecto presenten las direcciones de inversiones y riesgos, al tenor del reglamento y previo informe favorable de la Superintendencia de Bancos que será analizado por la Comisión Técnica de Inversiones. Así, los parlamentarios consideraron que las inversiones del IESS que bordean los 3.000 millones de dólares sean canalizadas de forma directa. Los préstamos se concederán a una tasa que no podrá ser menor a la tasa actuarial, que comprende la inflación más los puntos porcentuales determinados por los estudios actuariales y el porcentaje de rendimiento mínimo que determine el IESS. Los afiliados que deseen acceder a los créditos deberán cumplir con los requisitos mínimos que señalen los reglamentos y los recursos serán exclusivamente para la adquisición o construcción, remodelación, mejoramiento o ampliación de viviendas. No serán beneficiarios de esta normativa los afiliados que se encuentren en mora con el IESS y los que tengan créditos vigentes.
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