Actualizado hace: 936 días 19 horas 45 minutos
RESOLUCIÓN
Diputados solicitan a jueces no los enjuicien
INTENCIÓN Los legisladores pretenden evitar que se violen las normas constitucionales, según ellos

Redacción ED, RNI.- Con el voto de 69 legisladores de las diversas bancadas legislativas, el Pleno del Parlamento demandó de los jueces que no inicien, ni continúen tramitando procesos en contra de diputados y ex legisladores por sus votos y opiniones emitidas en el ejercicio de sus funciones como lo establece la Constitución.

Lunes 04 Diciembre 2006 | 20:31

En este sentido, exhortan al presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jaime Velasco, y, al Ministerio Público para que, de acuerdo a la resolución del 25 de noviembre de 2003, publicada en el Registro Oficial de 5 diciembre del mismo año, instruyan a los magistrados, ministros jueces, tribunales, jueces y fiscales que no inicien, ni continúen tramitando procesos judiciales en contra de diputados y es diputados por sus votos u opiniones emitidos dentro o fuera del recinto parlamentario, en forma verbal o escrita en el desempeño de sus funciones. La decisión de los congresistas se sujeta a lo que señala la resolución de noviembre del 2003, en la cual se demanda de la Función Judicial cumpla con lo dispuesto en los artículos 135 de la Constitución, 62 y 62 de la Ley Orgánica de la Función legislativa. En la norma constitucional se señala que los legisladores no serán ni civil ni penalmente responsables por lo votos y opiniones que emitan en el ejercicio de sus funciones. No podrán iniciarse causas penales en su contra sin previa autorización del Congreso, ni serán privados de su libertad, salvo en el caso de delitos flagrantes. La congresista Elsie Merchán Angulo, autora del proyecto, indicó que determinados jueces de la República han aceptado a trámite demandas penales y civiles en contra de varios legisladores, violando expresas disposiciones constitucionales y legales. Recordó que el Congreso Nacional en sesión del 25 de noviembre del 2003 demandó de la Función Judicial cumpla lo dispuesto en los artículos 137 de la Constitución, 62 y 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. El artículo 137 de la Carta Magna determina que los diputados no serán civil ni penalmente responsables por los votos y opiniones que emitan en sus funciones. CLAVE PEDIDO Quieren que se instruyan a los magistrados, ministros, tribunales, jueces y fiscales que no inicien, ni sigan tramitando procesos.
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