Actualizado hace: 930 días 12 horas 5 minutos
Santos Antón Vélez
Jubilados del Guayas demandan a ministro de Educación

Los educadores jubilados del Guayas ante la negligencia y quemimportismo del ministro de Educación, Doctor Raúl Vallejo Corral, presentan un reclamo al Comisionado del Defensor del Pueblo de la Provincia por no cumplir con la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, quien ha hecho caso omiso del Art, 31, que ordena y manda la entrega de estímulos a los maestros que se acojan a la jubilación de sus cargos.

Miércoles 20 Mayo 2009 | 22:14

Centenares de maestros jubilados de nivel primario y medio, diurnos y nocturnos, como supervisores de educación de todo el país, se manifiestan inconformes por la actitud negativa, injusta e irresponsable de ciertas autoridades, desde el Ministro hasta las Direcciones Provinciales de Educación, de no querer respetar la ley y su Reglamento; disposiciones que se convierten en letras muertas, porque en la práctica no se cumplen. En el Registro Oficial #988, del 15 de Julio de 1.996, se cumplió el Reglamento General del la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional; en el Art. 115, numeral 2, reza y trata de los estímulos, que un profesional de la educación se harán acreedores y dice: “Al profesional de la educación que se acoja a la jubilación se le otorgará: Condecoración al mérito educativo; bonificación equivalente a cinco sueldos básicos del Magisterio; licencia con sueldo por sesenta días para los trámites correspondientes” La demanda presentada contra el Ministerio de Educación, por incumplimiento de los Art. 115 – 116 y 117 del Reglamento General de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, merece todo respeto en aplicación a los derechos adquiridos de los jubilados, siendo acreedores de la sacrificada función, con méritos más que suficientes; las autoridades garantizarán el cumplimiento de sus principios y derechos, ya que estos son inalienables e irrenunciables. Los educadores jubilados del Guayas también reclaman su respaldo en el marco Constitucional que rige la vida de los ecuatorianos, desde el 20 de octubre del 2008, sobre la aplicación de los derechos que reza el Art. 11, a más de otras normas constitucionales como el Art. 38, Numeral 4, que protege a los adultos mayores de la negligencia y de todo tipo de maltrato. Sobre la administración de justicia, La Carta Magna señala que los ecuatorianos tenemos derecho a la celeridad o rapidez. El Comisionado de la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Guayas, mediante audiencias ha dialogado con las autoridades de la Subsecretaria Regional de Educación del Litoral, con los representantes del cuerpo de colegiados de la Dirección Provincial de Educación y el reclamante, que con ánimo conciliador dará la razón y obligará a que se respete la Ley.
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